lunes, 25 de mayo de 2020

BLOQUE 14
LOS DERECHOS HUMANOS
   
 LA TERMINOLOGÍA EN LOS TEXTOS MÁS IMPORTANTES DE LOS   DERECHOS HUMANOS.

Expresiones como derechos del hombre, derechos humanos, derechos de la persona humana, derechos fundamentales... son expresiones casi tautoló­gicas y excesivamente genéricas, aunque comunes, desde el siglo XVIII. Todo derecho es humano, porque sólo el hombre es titular de derecho en sentido estricto. Esas expresiones se refieren solo a ciertos derechos del hombre, llamados fundamentales en cuanto aluden a exigencias básicas del ser humano, y por ello fundamentan a los demás derechos humanos.

Antiguamente se hablaba de derechos naturales como aparece en las Declaraciones Americana y Francesa, en cuanto fundados en la naturaleza o, según la escolástica, en el derecho natural y no entendidos únicamente en su formulación positiva y canónica.


la Declaración de la ONU de 1948.

Substancialmente todas las expresiones indican de alguna manera que esos derechos no dependen exclusivamente de normas positivas y que tienen valor previo y superior o independiente de ellas: pertenecen a todo hombre, por el mero hecho de ser hombre, sin diferencias religiosas, sociales o culturales.




La DSI. no entra directamente en el derecho positivo pero sí entra en su fundamentación y contenidos. Los derechos humanos para la Iglesia son el resultado de una simbiosis entre experiencia y teoría bastante precisas, con declaraciones de derechos humanos y su defensa, más conectados con teólogos, juristas, misioneros y evangelizadores, que con el Magisterio del Papa.

RECUPERACIÓN DE LA DOCTRINA DE LOS DERECHOS HUMANOS PARA  LA  DSI.

La inserción del espíritu cristiano como raíz de los derechos humanos, llamados "libertades sociales y civiles", y la recuperación de su dimensión religiosa, es lenta y difícil durante los ss. XIX y XX. 


ALGUNOS DERECHOS HUMANOS MÁS IMPORTANTES EN LA DSI.

La DSI. no pretende hacer una declaración completa de derechos humanos sino indicar los principales según la situación y las necesidades del momento declaratorio desde una posición equidistante entre la teoría abstracta y la concreción excesiva porque con una carecería de universalidad y con otra caería en la transitoriedad.

El derecho a la vida. Para la Biblia la vida es un don de Dios. Tiene un valor divino porque de Él participa, con independencia de sus cualidades y de su utilidad social, en todas sus formas, no solo biológica y en todas las dimensiones del hombre. Es el más fundamental y supone a los restantes derechos.

El derecho a la libertad religiosa. Se trata de la libertad de conciencia y por tanto de religión para dar culto a Dios y practicar la fe.

El derecho a la participación en la vida social. Implica la necesidad de la educación en la participación cívica y política. Su carencia es una forma de pobreza. No se puede dar sin el derecho de asociación, para formar, entre otras, sindicatos y asociaciones intermedias.

El derecho a la participación económica con el derecho de iniciativa económica (SRS. CA.) para todos los miembros de la comunidad política, por la función social misma de la propiedad individual y colectiva.

El derecho de los pueblos a salir de la miseria, ante la realidad del problema Norte-Sur. Frente a la dependencia está  la solidaridad y la exigencia de creación de nuevas solidaridades


Imagen insertada (con imágenes) | Derechos humanos, Igualdad de ...
 DE JUAN XIII A PABLO VI.



En Juan XIII el tema ya aparece como doctrina en su primera encíclic, sobre la dignidad de la persona humana es el transcendental principio de toda la doctrina social.

Ofrece la declaración de los derechos y deberes de la persona humana. Afirma que una carta de derechos constitucionales es de suma importancia para la vida social y política. También lo es la Declaración universal de los derechos del hombre, de la ONU, a pesar de sus limitaciones.

Los derechos fundamentales de la persona humana en sí misma: a la vida y medios necesarios; a la vida del espíritu (libertad de conciencia); a la libertad de pensamiento e investigación y a la educación y a la cultura.

Como ser social y comunitario en general, la persona tiene derecho a vivir en sociedad, asociarse, no ser discriminado, a la igualdad y participación activa en la vida social, a los medios de comunicación y a la seguridad social y jurídica.

También tiene la persona derechos como ser familiar.

La persona tiene derechos en cuanto ser trabajador, a una distribución de bienes, a la propiedad y a la participación en la vida económica.

Y derechos de la persona como ser político, como ciudadano del mundo y como ser religioso.




LA RELACIÓN PERSONA-SOCIEDAD.


La idea de sociabilidad natural del hombre está directamente conectada con su naturaleza social. Aparece ya en la concepción de la patriótica (s. Agustín) y con la escolástica (Sto. Tomás, Vitoria) llega a formar parte de la mentalidad del mundo moderno.


 DSI. SOBRE LA RELACIÓN PERSONA-SOCIEDAD.

El tema está presente en la DSI. desde los primeros documentos de León XIII. Para las Orientaciones la "relación entre la persona y la sociedad son mutuas y necesarias. Nacen con la persona, 'por su innata indigencia y por su natural tendencia a comunicar con los demás'". Son el fundamento de toda sociedad y de sus exigencias éticas. Tal interdependencia está presente en el entramado de la vida social del hombre. Pero no se trata de entender lo 'social’ como lo 'colectivo' pues "la fuerza y el dinamismo de esta condición social de la persona se desarrolla plenamente en sociedad, que ve, por consiguiente, acrecentarse las relaciones de convivencia tanto a nivel nacional como internacional".


INFOGRAFIA

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ARTICULO
los derechos humanos son visto por la iglesia como acción de libertad, a la cual busca llevar la voluntad de DIOS en el que al principio se había visto violada por personas que malinterpretaba  la labor  que DIOS había dejamos bajo la orden de los apóstoles y que con el pasar de los años se retomo   "libertades sociales y civiles", y la recuperación de su dimensión religiosa, es lenta y difícil durante los ss. XIX y XX. En  el que tendría un enfoque mas humanista y que llevaría que la sociedad tenga una relación mas cercana con Jesús,nuestra fe nos llama evangelizar ,pero nuestra fe tiene que ser liberación que ha estado bajo injusticia del ser humano.En los derechos humanos de la doctrina social de la iglesia tiene clasificados los más importantes  los cuales son;el derecho a la vida,el derecho a la libertad religiosa ,el derecho a la participación de la vida social,el derecho a la participación económica estos derechos son fundamentales para que el ser humano tenga libertad y dignidad.




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